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#DebateIEBS: El derecho al olvido: la pesadilla de la huella digital

Tiempo de lectura: 13 min
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Desde la llegada de Internet, los datos han crecido de forma incontrolable, se dice que se producen más datos en dos días que en años de historia. Esto no es ni bueno ni malo, como todo dentro de una correcta gestión puede ser muy positivo para una sociedad más avanzada. Para muchos usuarios la gestión de sus datos personales se ha convertido en una auténtica preocupación, obligando a las administraciones a tener que legislar sobre la materia con el ya conocido “derecho al olvido”, ¿conocemos qué es? ¿Es positivo eliminar información al libre albedrío de los usuarios? Reflexionamos sobre ello en nuestro debate del mes.

Índice de contenidos:

¿Qué es el derecho al olvido?

Desde hace no mucho que se viene hablando del famoso derecho al olvido, pero en qué consiste exactamente. El derecho al olvido es la manifestación del derecho a cancelar u oponerse a la aparición de nuestra información en los motores de búsqueda en Internet. Es decir, impedimos de forma formal la difusión de información personal o de información obsoleta que ya no es de interés para el público o no relevante por el transcurso del tiempo.

Sin duda, la progresiva globalización de Internet, ha consolidado una gigantesca capacidad para almacenar datos en los motores de búsqueda y esto permite que estemos informados en cuestión de segundos sobre cualquier tema, lugar, o persona. Pero qué pasaría si alguien quiere empezar de cero, no tener huella digital y hacer desaparecer por completo su rastro de la red digital.

Lo más lógico sería solicitarlo al medio (ya sea un medio, blog, red social…) para que eliminen nuestra información, pero también puede solicitarse a través de los buscadores. Google, el más famoso de todas las plataformas de búsqueda, reflejó en su último informe de transparencia que desde el año 2014 ha recibido más de 650.000 peticiones de usuarios que quieren eliminar los datos.

El debate surge cuando esta petición formal entra en colisión con el derecho de información o la libertad de expresión. Antes de entrar en debate, conozcamos más sobre el derecho al olvido.

Reconocimiento del derecho al olvido por parte de la Unión Europea

Desde 2014 la Unión Europea, obliga a los buscadores como Google a eliminar de sus resultados los enlaces que violen el derecho al olvido de sus ciudadanos, siempre a petición previa de éste. Las peticiones se valoran de forma individual por parte de los buscadores y son los responsables de aceptar o rechazar la solicitud, bajo la supervisión de un comité de expertos propia. Por supuesto si se rechaza la solicitud, el usuario puede iniciar acciones contra la empresa para revisar la retirada de la información, pudiendo incluso llegar a reclamar indemnizaciones.

Anteriormente, no existía ningún tipo de legislación al respecto sobre las responsabilidades de los buscadores de Internet y el derecho del individuo a no aparecer en estos. En España por ejemplo, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), llevaba una larga batalla de reclamaciones al buscador Google sin éxito hasta la respuesta del  Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

La opinión de Google en su momento fue muy negativa, afirmando que esta nueva sentencia podría afectar negativamente a su negocio y su actividad empresarial en Europa, demandando que debe prevalecer el Derecho a la Información por encima del Derecho al Olvido de un individuo.

Un ejemplo en España, es el famoso caso de Mario, que en 1998 La Vanguardia publicó su nombre y el de su socia, donde se les relacionaba con un embargo inmobiliario (que realmente no era suyo). Al buscarse en el buscador tiempo después se dió cuenta que aparecia en este artículo en los primeros resultados del buscador relacionado con el embargo, perjudicando su negocio notablemente. En un primer momento solicitó al medio que retirará la publicación sin éxito, y decidió solicitar a Google la retirada de esta entrada en su buscador sin mucho éxito. Tras 6 años de mucha lucha consiguió que se le reconociera el derecho al olvido y así también eliminar la información falsa que estaba en el buscador. Actualmente, basta con realizar la solicitud y Google nos dará una respuesta en 1 o 2 meses.

Otros casos a nivel internacional

En México, empresario Carlos Sánchez intentó eliminar información sobre una publicación periodística de 2007 donde se le implicaba en un caso de corrupción. En este caso solicitó a Google que no apareciera esta información en el buscador, pero el proceso judicial terminó a favor del medio daro que velaba por la libertad de expresión e información.

En Brasil, otro caso muy sonado fue el Caso Xuxa o Maria das Graças, donde el Supremo Tribunal de Justicia de Brasil (STJ) falló la sentencia a favor del buscador Google. En este caso la famosa presentadora “Xuxa” pedía al buscador no indexar un vídeo donde salía ella. En este caso la justicia brasileña finalizó que el buscador no es responsable de eliminar contenido de otras páginas, haciendo al proveedor de contenido responsable de publicar la información.  

¿Cómo solicitar el derecho al olvido paso a paso?

Para poder borrar una información concreta o datos personales del buscador de Google, será necesario llevar a cabo una serie de pasos para contactar con Google y pedir o ejercitar el derecho al olvido.

1# Comprobar la información que aparece en Google

Antes de solicitar el derecho al olvido, es importante que nos fijemos bien en el tipo de información que aparece, la cantidad de información que se enlaza, cuántas páginas diferentes contienen esa información y con qué frecuencia o facilidad se encuentra esa información. De esta manera, podremos tener una idea de cuanta información posee Google sobre nosotros.

2# Seleccionar la información que se desea retirar

3# Comprobar qué tipo de información es

El derecho al olvido se puede solicitar siempre, no obstante, existen casos en los que la solicitud nos puede ser rechazada:

  • Cuando la información es de relevancia pública o sobre una persona pública.
  • Cuando se trata de información exacta y veraz.
  • Cuando es información de actualidad.

4# Acceder al formulario de denuncia de Google

Puedes acceder directamente a través de la siguiente URL o entrar en la pestaña “ayuda” que encontramos en el footer del buscador de Google. Si hacemos la segunda opción, se nos abrirá una ventana directa a “Ayuda de Búsquedas de Google”.

#DebateIEBS: El derecho al olvido: la pesadilla de la huella digital - Ayuda de búsquedas de Google

Una vez abierta esta pestaña, deberemos seleccionar el segundo apartado “Solucionar problemas y solicitar la eliminación de información”.

#DebateIEBS: El derecho al olvido: la pesadilla de la huella digital - Solucionar problemas y solicitar eliminación de la información

Después, deberemos seleccionar “Retirar información de Google”.

#DebateIEBS: El derecho al olvido: la pesadilla de la huella digital - Retirar información de Google

Clicar encima de “Eliminar información que aparece en la Búsqueda de Google” y después en los “resultados de búsqueda de Google y en un sitio web”.

#DebateIEBS: El derecho al olvido: la pesadilla de la huella digital - Eliminar información que aparece en la Búsqueda de Google

Después debemos seleccionar la casilla “Quiero eliminar información personal conforme a la legislación europea de protección de datos” y después clicar en el último apartado que nos aparece que pone “ve a la página para quitar contenido por motivos legales”. Y nos aparecerá la siguiente imagen.

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#DebateIEBS: El derecho al olvido: la pesadilla de la huella digital - Cómo retirar contenido de Google

Cuando estemos dentro del formulario, deberemos rellenarlos con los datos solicitados.

5# Después de enviar y tramitar la solicitud, se debe esperar el veredicto de Google.

6# Cuando obtengamos respuesta de google, nos podemos encontrar:

  • Google ha eliminado los enlaces desde su web: la información seguirá apareciendo en las páginas a donde enlazaba Google, si queremos eliminar esta información, deberemos hacerlo por separado.
  • Google no ha eliminado los enlaces desde su web: la información sigue apareciendo en el buscador, por tanto, será necesario contactar con los organismos nacionales les protección de datos.

Y ya está, ya habremos solicitado nuestro derecho al olvido.

¿En qué casos se puede solicitar el derecho al olvido?

El derecho al olvido es un derecho que podemos solicitar todos, no obstante, no quiere decir que siempre nos lo vayan a conceder, sino que existen distintos motivos por los cuáles podría sernos denegado.

Este derecho está en colisión con los derechos fundamentales como por ejemplo el de protección de datos o el de la libertad de información. Por esto, normalmente se tiene en cuenta si el derecho a la protección de datos prevalece por encima de los demás. Es por esto, que se establecen una serie de requisitos antes de aceptar una solicitud del derecho al olvido.

Información que no sea de interés público

La información que se pretende eliminar debe de carecer de interés para los usuarios. En caso de que sea una información con gran cantidad de búsquedas, será muy difícil que Google acepte el derecho al olvido.

Fecha de publicación

El tiempo de publicación de la información es fundamental, en caso de que esta esté totalmente obsoleta, seguramente no tendremos problemas para que sea olvidada, en cambio, si se trata de un tema de actualidad, seguramente no tengamos derecho al olvido.

Necesidad y fines de los datos
Si no existe necesidad de los datos en relación con los fines para los que se recogieron, será fácil obtener el derecho al olvido.

Otras razones

Existen otras razones que no están especificadas explícitamente por la sentencia que regula el derecho al olvido.  

Derecho al olvido y reputación en Internet

Como hemos indicado anteriormente, la ley en la Unión Europea reconoce el “derecho al olvido” en Internet, pero las informaciones relevantes para la sociedad por parte de un individuo publicadas por los medios pueden ser considerado libertad de información y por lo tanto prima por encima de la reputación.

Un claro ejemplo es la sentencia el Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo en 2009 cuando se pronunció en contra de la eliminación en la hemeroteca del periódico El País, donde se expone un delito por tráfico de drogas hace treinta años.

La sentencia falló lo siguiente: “Es necesario ponderar el potencial ofensivo que para los derechos de la personalidad tiene la información publicada y el interés público en que esa información aparezca vinculada a los datos personales del afectado. Este interés puede justificar que, cuando se trata de personas de relevancia pública o existe un interés histórico, una información sobre hechos que afectan a su privacidad o a su reputación, aun sucedidos mucho tiempo atrás, esté vinculada a sus datos personales (en particular, nombre y apellidos).”

Y además no apoya el hecho de: “que cada uno construya un pasado a su medida, impidiendo la difusión de informaciones sobre hechos que no se consideren positivos, ni justifica que aquellos que se exponen a sí mismos públicamente puedan exigir que se construya un currículo a su medida”.

Finalmente el periódico tuvo que evitar que indexe está página pero no alteró o modificó el texto de la noticia (como eliminar el nombre y apellidos). De esta forma se evita no dejar informar pero dejar al usuario disfrutar del derecho al olvido.

Derecho al olvido y nuevo Reglamento General de Protección de Datos (RGPD)

Este 25 de mayo entra en vigor el nuevo Reglamento General de Protección de Datos, el cual va a suponer una ampliación en el control que los ciudadanos pueden ejercer sobre su información personal. Además, nos permitirá conocer qué datos tienen las empresas y cómo los utilizan.

En este sentido, el derecho al olvido es uno de los derechos más importantes que tendremos, puesto que nos permitirá limitar, modificar o eliminar las “huellas digitales” que recogen distintos buscadores y plataformas en la red. Por esto, el nuevo RGPD va a ser muchos más exigente con las empresas y la recogida de datos que hacen. Gracias a esto, nosotros como usuarios, tendremos derecho a solicitar el derecho al olvido en dichas empresas. Pero, ¿qué deben hacer las empresas cuando un usuario ejerce su derecho al olvido?

Uno de los conceptos más importantes de la nueva normativa es el de la responsabilidad activa. Según este principio, tanto las empresas como los encargados de la recopilación de datos, deben aplicar procedimientos que nos garanticen como a usuarios un control y seguridad de nuestros datos demostrable.

Para garantizar un correcto tratamiento de estos datos, a partir de ahora, lo que se tendrá que hacer es un análisis de los mecanismo a través de los cuales se obtienen y gestionan dichos datos. La recopilación de datos solo se podrá hacer con el consentimiento del usuario, y este deberá estar siempre informado de dicha recopilación.

Además, se debe tener en cuenta que ya no vale lo de mantener los datos eliminados en registro oculto o bloqueo de datos como hacían muchas empresas tras recibir una solicitud de eliminación de datos. Actualmente, deberán ser totalmente eliminados.

También se ha establecido un principio de transparencia por el que, en caso de que las empresas sufran algún problema, como por ejemplo el robo de información personal de sus clientes, tienen 72 horas para notificarlo.

El nuevo RGPD indica concretamente cómo se debe actuar en caso de que un usuario solicite la eliminación de sus datos:

  • Se debe facilitar de manera fácil y clara al usuario toda la información que desee saber referente a sus datos.
  • La información solicitada se deberá enviar por escrito y exclusivamente a la persona que correspondan esos datos.
  • Todas las solicitudes deberán ser respondidas en el plazo de un mes.
  • En caso de que la empresa no acepte tramitar la solicitud del usuario, tendrá que informarle con la mayor antelación posible explicando las razones.
  • El responsable del tratamiento de datos tendrá derecho a no atender a aquellas solicitudes que considere repetitivas, infundadas o frente a dudas de la identidad de que persona que está solicitando este derecho.  

Sin duda el derecho al olvido nos aporta más confianza por lo que respecta a la recopilación y utilización de nuestros datos por parte de las empresas y plataformas de la red, no obstante, ¿llegará el día dónde los términos seguridad y datos puedan convivir en perfecta armonía?

Participa en el debate:

Nos interesa conocer tu opinión sobre este tema, si quieres participar en este debate y que citemos tu respuesta en las conclusiones que publiquemos responde a estas preguntas (todas o alguna como prefieras):

  • ¿El derecho al olvido debería ser incuestionable y aceptar todas las solicitudes de eliminación de datos?
  • ¿Se debería prohibir a las empresas la recopilación de datos personales a pesar de tener el consentimiento de los usuarios?
  • A pesar del derecho al olvido, ¿hasta qué punto tenemos el control total de nuestros datos?
  • ¿Se puede/debe olvidar realmente todo?
  • ¿Crees que la sociedad debería educar en esta materia digital con el objetivo de evitar este tipo de procedimientos?
  • ¿Crees que la nueva RGPD será la solución para la consolidación definitiva del derecho al olvido?

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4 comentarios en #DebateIEBS: El derecho al olvido: la pesadilla de la huella digital

  1. Sin duda considero que la nueva RGPD será la solución para regular el derecho al olvido, teniendo en cuenta que mucha gente sigue ajena a su existencia. Cierto es que en 2014 tal y como cuenta el post se desencadenó un boom sobre qué se podía o no borrar de la red, y por qué Google era el encargado de decidirlo. Tal y como pregunta Ana en el anterior comentario, el mundo sería un desastre si cada cuál pudiera borrar su huella digital. Pero también es cierto que el tema de los datos se nos ha escapado un poco de las manos. Nuestra vida está expuesta día a día y efectivamente, una renovación de la RGPD creo que era justo lo que necesitábamos. Pero, ¿será suficiente? Los hackers, sean éticos o inmorales, por desgracia siempre existirán, por tanto, ¿no creéis que a pesar de la renovación de la ley nuestros datos seguirán desprotegidos? Yo creo que sí.

  2. Desde mi punto de vista, toda persona tiene derecho a borrar su huella digital, sea lo que sea. Aunque el interesado en borrar sus datos sea un terrorista o un delincuente, todo el mundo tiene derecho a esconder su información.
    Mucha gente opina que «los demás» tenemos derecho a saber si alguien ha estado involucrado en algún delito, como podría ser violacion o robatorio, justificando el derecho a conocer quién les rodea, pues bien, yo creo que todo el mundo tiene derecho a rectificar i a cambiar su vida y sólo es posible si no hay una masa de personas que te critica y no te dejan avanzar. En definitiva, a la gente le gusta mucho opinar y criticar sin consultar si verdaderamente las criticas son o no infundadas.

    1. Creo que la huella digital se debe cuidar y evitar tener que solicitar derecho al olvido. En una sociedad tan digitalizada y donde cada día los menores empiezan antes debemos educar en materia.

      Por supuesto, pienso que todo el mundo tiene derecho al olvido y si ha pasado el tiempo suficiente, pero permitir que no aparezcan sus datos en las primeras búsqueda (ojo que no es igual que borrar). El derecho al olvido no puede perjudicar a la libertad de información, porque las hemerotecas siempre deben estar presentes. Se puede empezar de cero, pero no crearse el futuro a medida. ¿Se imaginan cómo sería el mundo si cada uno borrara lo que quisiera al libre albedrío?

      Un saludo

  3. Pingback: la pesadilla de la huella digital – Charles Milander

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